Regulación de la pesca de investigación y la investigación con fines ambientales.
- Post by: Comunicación CTAgua
- 4:53PM Jul 16, 2018
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Polémica en torno al control de DINARA en materia ambiental.
El 24 de abril de 2018 se aprobó el decreto N.º 115/18 que establece un marco regulatorio de la pesca de investigación y de la investigación con fines ambientales, generando rechazo entre varios académicos de la Facultad de Ciencias de la Universidad de la República y despertando la sensibilidad de distintos actores de la esfera medio ambiental. La polémica surge por el nivel de autoridad que el Decreto otorga a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA) y por los obstáculos que impone a la investigación ambiental.
El decreto reglamenta la ley 19.175, promulgada en 2013, que persigue el interés general de “la conservación, la investigación, el desarrollo sostenible y el aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos y los ecosistemas que los contiene”[i]. Entre los 149 artículos del Decreto, los artículos 44° y 45° establecen cómo ha de procederse en la pesca de investigación y en la investigación con fines ambientales. Para investigar en materia de agua hay que solicitar permiso a la DINARA a través de la presentación de un proyecto. Allí, se deberán dar detalles como[ii]: antecedentes de la institución, objetivos que persigue la investigación, resultados esperados, duración del estudio y cronograma de actividades, personal técnico, características de los equipos a utilizar, indicación de las áreas a ser investigadas y de las especies hidrobiológicas que se pretenden extraer, entre otras exigencias. Además, el equipo de investigación deberá comprometerse a presentar a DINARA todos los datos y resultados obtenidos y a no publicarlos sin su autorización expresa. Finalmente, deberá pagar al cuerpo técnico de DINARA por los gastos en que este incurra para controlar las actividades de investigación.
En búsqueda de una solución
A partir de las resistencias que generó el Decreto, un grupo de docentes e investigadores presentaron la problemática al Consejo Regional del Centro Universitario de la Región Este (CURE) y un recurso administrativo ante el Poder Ejecutivo. En consecuencia, se organizó un encuentro entre la Facultad de Ciencias, el Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca y la DINARA. Fuentes del Poder Ejecutivo hicieron saber que se está ultimando la redacción de una norma que daría respuesta a los principales planteos realizados por la academia.
[i] Ley 19. 175, Capítulo I, artículo 1°. Disponible en: https://legislativo.parlamento.gub.uy/temporales/leytemp5465125.htm
[ii] Decreto N°115/18, Capítulo VII, Artículo 44° . Disponible en: http://www.mgap.gub.uy/sites/default/files/decreto_115-18-reglamentario_ley_191.75.pdf